Qué conviene saber
Los problemas con servicios suelen prolongarse porque cada mes genera una nueva factura o cargo. Por eso es importante fijar la fecha exacta de baja, indisponibilidad, reclamo o incumplimiento y evitar que el conflicto se vuelva una deuda acumulativa.
También debe separarse un problema técnico de un incumplimiento contractual: cortes, velocidad, cargos, cambio de plan, aumento, baja no procesada o servicio no solicitado requieren prueba distinta.
Cómo se encuadra en Córdoba
La LDC contiene reglas específicas sobre prestación de servicios y bajas. Desde 2025 la Disposición 954 exige el botón de baja para proveedores alcanzados que comercializan por canales digitales y prohíbe exigir registración previa o trámites adicionales para usarlo.
Documentación e información útil
- Contrato
- Facturas
- Solicitud de baja
- Números de reclamo
- Mediciones o incidencias
- Comprobantes de pago
Preguntas frecuentes
¿Puedo dar de baja por el mismo medio por el que contraté?
La LDC y regulación complementaria protegen el derecho de rescisión y canales de baja en supuestos alcanzados.
¿Pueden cobrar preaviso por dar de baja?
El art. 10 quáter prohíbe cobros de preaviso, mes adelantado u otros conceptos por solicitar la baja.
¿Qué pasa si siguen facturando?
Debe documentarse la fecha de solicitud y reclamar la corrección.
¿Un mal servicio puede generar daños?
Puede evaluarse si existe incumplimiento y consecuencias acreditables.
Fuentes oficiales y antecedentes
- [S1] Ley 24.240 de Defensa del Consumidor — texto actualizado ↗
- [S9] Disposición 954/2025 — botón de arrepentimiento y baja ↗
Contenido informativo general. La solución depende de hechos, contratos, prueba, plazos, proveedor y estado del reclamo. Última revisión: 7 de agosto de 2026.
